¿Qué va a suponer el Brexit para la seguridad alimentaria?

Aunque el post de hoy pudiera parecer un análisis político, no queremos que lo sea. Hoy hablaremos de lo nuestro: la seguridad alimentaria y las implicaciones que para ella tendrá la salida del Reino Unido de la Unión Europea.

El pasado 23 de junio el electorado del Reino Unido decidió, aunque fuera por un estrecho margen, que ya no quería ser parte de la Unión Europea (UE). Ayer Theresa May, la nueva primera ministra británica, anunciaba que en marzo del año que viene se producirá el inicio de la desconexión, se activará el artículo 50 y empezará el proceso del ‘Brexit’.

Para ayudar a tomar una de las decisiones democráticas más importantes a las que probablemente alguna vez se enfrentaron los votantes británicos. Tanto los partidarios del  ‘Brexit’ como lo del ‘Remain’ emplearon una selección de suposiciones, afirmaciones arrogantes y fantasiosas, estadísticas engañosas, medias verdades y mentiras manifiestas, pero muy pocos hechos verificables.

Los prejuicios existentes y temores se consintieron y se hicieron amenazas de consecuencias nefastas futuras. No fue la mejor base para una decisión racional. A pesar de esto, para bien o para mal, la suerte está echada y va a convertir al Reino Unido en un camino de convertirse en un Estado miembro anterior.

En términos prácticos, esto parece significar al menos cinco años de incertidumbre y el caos que afectará a los lazos económicos, políticos y legislativos creados a lo largo de cuatro décadas y media. Estos nexos creados se deben romper en una décima parte de ese tiempo. Parece que apenas hemos arañado la superficie de lo que ‘Brexit’ significará para el futuro del Reino Unido y de la UE. Cada día trae nuevas implicaciones que no parecen haber ocurrido a nadie en el período previo a la votación.

Hoy queremos abordar la visión de la Ley de seguridad alimentaria como un ejemplo relativamente menor. La legislación vigente en el Reino Unido que protege a los consumidores de alimentos nocivos se originó de la Comisión Europea. El puntal principal de ley de seguridad alimentaria es el denominado paquete de Higiene de los Alimentos, que consta de tres reglamentos aparte y la política “De la granja a la mesa”.

Además, las empresas alimentarias de la UE deben cumplir con otros reglamentos: en particular el Reglamento CE 2073/2005 (D.O.U.E de 22/12/05) relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios y sus modificaciones y el Reglamento de contaminantes de los alimentos: Reglamento (CE) no 1881/2006 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2006, por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios. La palabra importante aquí es Reglamento, porque un reglamento se aplica inmediatamente en toda la UE tan pronto como entra en vigor y no requiere ningún cambio en la legislación nacional, mientras que el otro instrumento jurídico principal, la Directiva, sólo puede ser implementado a través de la legislación nacional en cada estado miembro.

Presumiblemente, esto quiere decir que cuando oficialmente el Reino Unido salga de la UE, ninguno de los reglamentos que regulan la seguridad alimentaria se aplicará y los británicos no van a tener ninguna protección legal contra los alimentos contaminados hasta que el Parlamento británico se dedique a crear algunas nuevas leyes.

Teniendo en cuenta la carga de trabajo que suponemos para el Parlamento británico como consecuencia de tener que reemplazar con celeridad 40 años de legislación común a través de la Unión Europea en los sectores económicos, es probable que les lleve algún tiempo.

Otra implicación en todo este asunto será la creación, o la reorganización, de una Agencia de seguridad alimentaria propia. Ya que la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) es un organismo dependiente de la UE que presta servicios a los estados miembros, si no eres un estado miembro no tienes derecho a dichos servicios.

Luego está la cuestión de la investigación científica financiada por la UE. A pesar de los recortes de los últimos años, la base científica del Reino Unido sigue siendo fuerte y las instituciones científicas aquí juegan un papel importante en muchos proyectos iniciados y financiados desde Bruselas. Esto es especialmente cierto para la investigación en seguridad alimentaria. Cuando el Reino Unido se encuentre como un estado no miembro las universidades británicas y los centros de investigación van a encontrarse una barrera completa para la recepción de fondos de la UE. La consecuencia la podéis imaginar, será difícil que a las universidades británicas y las organizaciones de investigación competir contra sus compañeros en Alemania, Francia, Holanda y así sucesivamente.

Cualquier empresa alimentaria británica que quiera exportar a la UE todavía tendrá que cumplir con los requisitos legales y la mayoría seguramente continuará operando con los mismos estándares que lo hacen ahora. Pero es fácil imaginar que algunos operadores menos escrupulosos podrían empezar a tomar atajos para el mercado interno británico, con la certeza de que van a enfrentar sanciones legales si este atajo es poco decoroso.

Desde la otra parte del Canal de la Mancha podemos pensar lo mismo. Como técnico en seguridad alimentaria de Qualitatis Health, pero también como consumidor que soy, en mi día a día me enfrento a muchos etiquetados e, inevitablemente, asocio cualquier referencia a la UE como un sinónimo de calidad y de seguridad. ¿Saben los empresarios británicos “pro-Brexit” que sus alimentos no serán vistos de este modo por los consumidores de los estados miembros?

Todavía es pronto para comenzar a apreciar las consecuencias que para las empresas alimentarias, los consumidores, los estados miembros, el Reino Unido o los propios manipuladores de alimentos de ambas partes del Canal de la Mancha, puedan sufrir. Pero parece que esto no va a ser un camino de rosas para los británicos, que contaban con todo un microcosmos de seguridad alimentaria y ahora deberán decidir qué camino, o caminos, tomar para mantener sus estándares de calidad y seguridad, como regular la formación de sus manipuladores de alimentos, qué condiciones pondrán para importar alimentos. Pero sobretodo, deberán adaptarse a las exigencias (ahora externas y sin su influencia) que impongan sus socios comerciales en materia de comercio, seguridad alimentaria, contaminación microbiológica, química o física. No quiero ser alarmista, pero no me gustaría estar en la piel de los británicos en estos momentos.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Carrito de compra
Scroll al inicio

¿Quieres 10 € de descuento para cualquiera de nuestros cursos?

Suscríbete y te lo enviaremos para usar en tu próxima compra.